El Gobierno volvió a cortar el pago de las pensiones no contributivas por invalidez laboral a miles de beneficiarios. Lo hizo a través de la Resolución 3695/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por el secretario nacional de Discapacidad, Diego Masaragian. La norma deja sin efecto, para las personas incluidas en un anexo, una disposición de 2025 de la ex Agencia Nacional de Discapacidad que había restablecido esas prestaciones. Ahora, quienes quieran volver a cobrar deberán iniciar un trámite de rehabilitación y demostrar que siguen cumpliendo los requisitos.
La medida pone bajo revisión más de 20.000 registros. La resolución anulada, la 13.901/2025, había reanudado los pagos a beneficiarios que habían perdido la pensión tras detectarse irregularidades durante las auditorías del sistema, en cumplimiento de una orden judicial. Los alcanzados tendrán 60 días corridos para presentar su documentación, pero el plazo no corre desde la publicación en el Boletín Oficial: empieza a contar recién desde el momento en que cada titular reciba la notificación individual. La reanudación del cobro, aclararon, no será automática en ningún caso.
El origen de esta marcha atrás es judicial. En septiembre de 2025, el Juzgado Federal de Catamarca N° 2 ordenó restituir las pensiones suspendidas en esa provincia, y un mes más tarde la medida cautelar se extendió a todo el país. La entonces ANDIS apeló la decisión y, en febrero de 2026, la Cámara Federal de Tucumán revocó el fallo de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Con ese respaldo, la Secretaría Nacional de Discapacidad, que hoy depende del Ministerio de Salud, empezó a analizar uno por uno los casos.
Desde el área oficial explicaron que ese análisis separó a dos grupos. Por un lado, quedaron quienes ya aportaron documentación nueva o están amparados por otros procesos judiciales. Por el otro, figuran las personas que deberán volver a acreditar su derecho por la vía administrativa, que son las que aparecen en el listado. El texto oficial insiste en que ningún caso se resolverá de manera automática y en que cada expediente será revisado en forma individual, la misma lógica que el Gobierno aplicó durante las auditorías en las que, según informó, encontró irregularidades en el otorgamiento de beneficios.
Para los afectados, la consecuencia inmediata es dejar de percibir un ingreso que la ley reserva a quienes no tienen otros medios para sostenerse. La pensión por invalidez, regulada por la Ley 13.478 y el Decreto 432/97, está dirigida a personas sin recursos suficientes, que no tienen cobertura de ningún régimen previsional y que están imposibilitadas de trabajar. Además de la documentación médica, los titulares deberán acreditar supervivencia, tal como exige el artículo 11 de ese decreto, y actualizar sus datos personales para que el expediente pueda ser evaluado.
El trámite podrá hacerse por varias vías. Los beneficiarios pueden acercarse a las oficinas de la ANSES o a las dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad, completar el formulario de consultas del sitio del Ministerio de Salud, usar la plataforma Trámites a Distancia con la opción "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez" o enviar los papeles por correo electrónico a la casilla oficial del organismo. Una vez recibida, la información se suma al expediente y las áreas técnicas deciden si corresponde rehabilitar el pago.
Quienes no estén de acuerdo con la suspensión también tendrán una puerta abierta: podrán presentar los recursos administrativos previstos en el reglamento de procedimientos, con plazos de 20 o 30 días desde la notificación según el recurso que elijan. En los próximos días comenzarán a llegar las notificaciones individuales y, con ellas, a correr los plazos. Mientras tanto, quienes ya tienen causas abiertas seguirán atados a lo que resuelva la Justicia, el mismo terreno donde se libró la primera batalla por estas pensiones y donde la discusión todavía no está cerrada del todo.
Con información de Infobae y El Litoral
Foto: Infobae


No hay comentarios
Publicar un comentario